F&D

Principal Nº 1 - 97/98 Nº 2 - 98/99 Nº 3 - 99/00 Nº 4 - 00/01 Nº 5 - 01/02 Nº 6 - 02/03 Nº 7 - 03/04 Nº 8 - 04/05 Consejo editorial Normas public. Biblioteca-e Enlaces


Ilegalismos en la defensa del medio ambiente.

por Carlos S. Olmo Bau (*) .

  

 

A Vicente Blanes Pardo, que nos ha dejado,

con quien hicimos alguna que otra chapuza .

 

Fotografía a toda página de una mujer con cazadora negra, un gato en los brazos y el rostro cubierto con un pasamontañas. Sobreimpreso, en mayúsculas: "Los Ecoterroristas. De moda en gran Bretaña, ahora se están haciendo notar en Italia. Son los defensores de los derechos de los animales, un movimiento revolucionario que se esconde bajo las siglas del ALF". Así presentaba La Revista de El Mundo, en su edición del pasado 27 de diciembre, el artículo de Kevin Tools sobre el Frente de Liberación Animal y sus actividades en el Reino Unido.

A lo largo de todo ese mes, este y otros medios de comunicación se hicieron eco, primero, de la huelga de hambre de Barry Horne, "extremista británico defensor de los derechos animales"; de las amenazas de muerte a científicos realizadas por la Milicia para los Derechos de los Animales, más tarde; y finalmente del envenenamiento de dulces navideños en Italia, contra la producción de alimentos con productos genéticamente manipulados. Todo, siempre, bajo el epígrafe de 'ecoterrorismo'.

No es una etiqueta nueva. En su día fue ampliamente empleada para estigmatizar a los integrantes de Solidarios con Itoiz que cortaron los cables de la tristemente famosa presa. En el propio Reino Unido se ha empleado para informar (es un decir) sobre las más variadas dinámicas de 'acción directa': encadenamientos sobre copas de árboles para evitar la tala de bosques, construcción de túneles-casa en el trayecto de autopistas, arranques simbólicos de plantas transgénicas,.... En Alemania, por poner otro ejemplo, ha sido una constante en la cobertura informativa de determinadas iniciativas contra el transporte de residuos nucleares, como el bloqueo de las vías del tren por las que discurren los convoyes radiactivos. En Chile en los últimos tiempos varios medios vienen machaconamente afirmando una vinculación entre ecologismo, marxismo y terrorismo (1). Y terroristas son, también, desde esa perspectiva, los y las campesinas de Karnataka (sur de la India) responsables de reducir a cenizas los campos de experimentación de la multinacional Monsanto (2).

No sorprende, pero debe llamarse la atención sobre ello, el uso unidireccional de un término que nunca aparece en las crónicas del expolio y la degradación del entorno. Así, jamás se ha tachado de ecoterrorismo la paulatina destrucción de la Amazonía.. Jamás la contaminación y las talas abusivas en el delta del Niger. Jamás la continua degradación de las aguas del Segura. Jamás la inundación de pueblos, zonas de cultivo, bosques,... Jamás el uso de las personas como conejillos de indias para beneficio de las empresas agroalimentarias.

Tampoco el asesinato de Gladys del Estal por un miembro de las fuerzas de seguridad del estado durante una manifestación antinuclear. Tampoco el ahorcamiento de Ken Saro-Wiwa, ecologista y escritor nigeriano. Tampoco la muerte de Chico Mendes. Tampoco...

El empleo parcial del calificativo de marras (junto a otros mecanismos), con las connotaciones concretas a él asociadas, tiene unas consecuencias claras (3). Entre ellas, la delimitación de una frontera entre un ecologismo calificado de responsable, adulto, dialogante,... democrático; y otro tachado de extremista, fanático, oscuro,... antidemocrático. Desacreditar, pues, todo un sector del ecologismo -el más crítico- recurriendo al intento de reducción de unas dinámicas de defensa ambiental y de unas asociaciones a un izquierdismo extremista proclive al terrorismo.

Para ello, y bajo el epígrafe ya mentado, se construye la noticia plagándola de adjetivos como fundamentalista, extremista, chantajista, fascista,... Y para ello se pone en el mismo plano el encadenamiento, la manifestación no autorizada, la obstrucción de obras o transportes, los desórdenes públicos, arrancar una docena de plantas transgénicas, la huelga de hambre (4), el sabotaje, la amenaza de muerte o la contaminación de productos alimenticios para consumo humano.

Tampoco es algo novedoso. Y no es exclusivo del movimiento de defensa ambiental. Baste recordar la caracterización como cachorros de ETA que, desde distintos foros y en varias ocasiones, se hizo de los insumisos.

Cuando arrecia la tormenta lo más fácil es cobijarse bajo el paraguas del ambientalismo, del tratamiento administrativo de los problemas ambientales, del ecologismo responsable capaz de generar propuestas razonables,... renegando de todas esas prácticas. O bien, aunque en este caso uno se sigue calando hasta los huesos, profundizar sin más en la idea de que los terroristas son los otros: los estados, las megaempresas, las grandes corporaciones financieras,...

Algo más difícil y cansino, por cuanto requiere esforzarse en reflexionar un poco y elaborar un discurso plural y en movimiento, es plantarse de pie con un chubasquero ya algo raído y con la creencia en la compatibilidad entre plantear propuestas realizables a corto y medio plazo y mantener la idea de que en el fondo los problemas ambientales no pueden resolverse sin cambios fundamentales en los paradigmas dominantes de producción y consumo, sin cambios de raíz en la organización social y las relaciones del mundo humano con el mundo no humano. Todo ello sin renunciar, además, a una concepción de la participación ciudadana que acepta en su seno como legítimos determinados actos ilegales. Esto es, sin renunciar a la práctica de la desobediencia civil, de determinadas formas de sabotaje y de otros posibles ilegalismos.(5)

Pensar unos y otros, además de permitir presentar la diversidad de cuanto es homogeneizado bajo la etiqueta de ecoterrorismo, nos dota de interesantes elementos para la reflexión sobre las estrategias y las formas de acción de los nuevos movimientos sociales. Y permite, claro, introducir criterios de conceptualización y justificación de estos peculiares delitos, ofreciendo herramientas para la ponderación de cada caso.

La tradicional distinción entre desobediencia civil y desobediencia revolucionaria podría ser aceptada sin grandes problemas como un punto de partida para ese pensar. Máxime si se considera, aunque sea algo que a veces raya lo anecdótico, que revolucionario es un calificativo empleado para caracterizar a determinadas organizaciones de defensa ambiental en los más variados sitios y contextos.

Y en un principio poco podría objetarse a la ubicación fuera del ámbito de la disidencia revolucionaria de todo el repertorio de actos ilegales desarrollados desde el movimiento ecologista (6). Un repertorio orientado de un lado a la resistencia, a la defensa de lo próximo y lo cotidiano, a preservar cuanto se pueda, a salvaguardar in extremis; y de otro a la publicidad, a dar a conocer, dirigido al sentido de justicia y responsabilidad de la colectividad.

No obstante, a la luz del quehacer, de las formas de organización, de los discursos de los nuevos movimientos sociales,... es preciso introducir inmediatamente un matíz en esa distinción entre desobediencia parcial y el intento de transformación global de las estructuras básicas de la sociedad. Un matiz consistente en la permeabilización de las fronteras entre una y otra. Aún planteando la desobediencia civil como una forma de participación en el fondo respetuosa con los marcos constitucionales de los estados en que se desarrolle (7); difícilmente puede entenderse en toda su amplitud este tipo de transgresiones si se dejan de lado toda una serie de ideas, de deseos, de intuiciones, e incluso de actitudes,... que pueden considerarse transformadores y que forman parte de la identidad de esos arrecifes asociativos.

Y ello aunque pueda convenirse que ha ido perdiendo fuerza el espíritu de crítica civilizatoria y de rebelión contra los rasgos perversos de la modernidad (Riechmann, J. 1994, p. 53) que los anima. Y aunque pueda igualmente convenirse que los aspectos más amplios y profundos de crítica y transformación cultural se ven subordinados respecto a otros a la hora de intentar alcanzar objetivos específicos, a corto plazo.

De nuevo la insumisión es un ejemplo paradigmático. Si esa dinámica adquiere forma de desobediencia civil no es sólo por razones estratégicas o de eficacia, sino por que la desobediencia civil forma parte del universo identitario del movimiento pacifista y antimilitarista. Por otra parte dicha dinámica no es, ni siquiera bajo la forma de la 'insumisión total' una disidencia revolucionaria en el sentido de enfrentamiento global al marco institucional, social, cultural, ético... en que nos ha tocado vivir. Sin embargo se ve alimentada por ansias y esperanzas de cambios de raíz en esta sociedad. Y engarza con un conjunto de ideas que, más allá de la abolición del servicio militar obligatorio y su compañera, hablan de una sociedad sin ejércitos, sin la lacra del militarismo, radicalmente distinta.

Algo similar ocurre con ese movimiento ecologista empeñado en aunar globalidad y localismo en su pensar y en su actuar. Un movimiento incapaz por sí solo de tirar de los frenos de emergenciade este tren del capitalismo avanzado en el que a toda velocidad se cruzan umbrales de irreversibilidad en dirección a un planeta esquilmado, pero capaz de apuntar a la necesidad de un cambio de sentido, de ritmo, de conductores, de peaje, de clases, de... en ese viaje forzoso (8).

Por poner un caso más concreto, no es posible entender en toda su amplitud una parte (no todas) de las acciones directas en defensa de los derechos de los animales (no humanos) sin atender al veganismo en que se inscriben quienes las llevan a cabo; auténtica cosmovisión en base a la que se erige la defensa de esos ilegalismos.

Por lo demás, esta permeabilidad de fronteras encaja a la perfección en unos movimientos sociales plurales y diversos que si, por definición, no tienen por qué ser revolucionarios en el sentido de implicar la subversión total del sistema social, sí han de estar orientados a la transformación (o a impedir la transformación) relevante de estructuras sociales.

El cosmos identitario a que se hacía referencia tiene en la insolencia otro de sus elementos constituyentes. Insolencia que debe entenderse no tanto como sinónimo de falta de respeto, sino como desafío de las costumbres, de lo normal, de lo establecido; como un salirse de las normas "que las gentes virtuosas apenas soportan, ya que en ella ven como una sospecha de lo que son, una fisura en lo que quieren aparentar" (Meyer, M. 1996, p. 7). Un peculiar elemento bajo cuya luz pueden observarse toda una serie de ilegalismos que, a veces por repetidos, otras por levemente perseguidos, son considerados menores: la no solicitud del permiso admnistrativo para manifestaciones o concentraciones, los encadenamientos varios, las escaladas urbanas en edificios públicos o privados, la perturbación del normal desarrollo de plenos municipales o sesiones parlamentarias, el desnudo integral en la vía pública,... El listado es, por suerte, enorme. Todo él repleto de pequeños -y no tan pequeños- ejemplos de delitos como la alteración del orden público, por citar uno. Un repertorio de actos cuyo empleo no puede explicarse satisfactoriamente recurriendo tan sólo a criterios de eficacia, al factor sorpresa o a estrategias mediáticas. Y un repertorio de actos, insolentes, que pueden causar pequeñas muescas en esa imagen de democracias cuasiperfectas que bien aparentan los estados que se definen de derecho.

Insolencia positiva también presente en dinámicas ilícitas de mayor envergadura, e incluso en las formas de acción legales e institucionales con las que aquellas conviven; aunque en todas ellas se diluya en el seno de discursos más elaborados. Cuestionamiento de las formas y normas, reverso de la autoridad no exento de problemas que se desenvuelve siempre con la posibilidad de devorar a quien se sirve de ella.

Los dos aspectos reseñados se enmarcan en el desarrollo entrelazado de una cultura participativa y de una crítica de la democracia liberal. En este sentido los ilegalismos en las estrategias de los NMS, en general, y la defensa ambiental, en particular, no son sólo mecanismos "publicitarios" para llamar la atención sobre este u otro problema; sino espejos donde se reflejan las insuficiencias de las democracias formales, las carencias de los cauces de participación legalizados.

La desobediencia al derecho se inserta así en los intentos y procesos de descentralización, de recomunalización, de desinstitucionalización de la vida política y social; en la dinámica de politización de la vida cotidiana y del ámbito privado, en el rechazo de la dicotomía público/privado; en la búsqueda de formas más participativas y transparentes de democracia; y sobre todo en la aspiración de recuperar la soberanía existencial, el poder de autodeterminación de la vida propia.

Por lo que hace al movimiento ecologista, concretamente, esa crítica de la democracia liberal se ve acompañada por la incorporación a la ciudadanía de las generaciones futuras -aspecto este que también cabe encontrar en otros movimientos como el pacifista- y de las especies no humanas.

A la extensión, pues, del ámbito de la política, a la demanda de democratización del mayor número de ámbitos de la sociedad, común a los nuevos movimientos sociales; se une esta particularidad ecologista consistente en el desarrollo de la idea de ciudadanía ecológica, en la ampliación de la lista de miembros incluibles en la comunidad política, moral y jurídica.

En este propósito de expandir dichas comunidades para dar cabida al mundo no humano se encuentra uno de los aspectos que mejor reflejan la pluralidad constitutiva de un movimiento en el que se distinguen distintas expresiones en función de su ubicación en las corrientes antropocéntricas o biocéntricas.

Resulta sin duda tentador plantear que a las diferentes expresiones de esas corrientes corresponden estrategias y métodos de acción también diferentes. Pero sería cuando menos imprudente afirmar sin más esta relación. No en vano es difícil encontrar elementos empíricos que permitan afirmar una linealidad tal, más bien al contrario: actos ilícitos de toda índole, desde alteraciones más o menos graves del orden público a determinadas iniciativas que en primera instancia pueden ser catalogadas como sabotajes, son llevadas a cabo por las más variadas personas y colectivos. Ni siquiera el uso de la violencia sirve, en una primera aproximación, para situar una distinción tajante; pues en el seno de una misma estrategia pueden convivir perfectamente acciones legales, acciones ilegales no-violentas y acciones ilegales con determinadas expresiones de violencia.

Pero que haya argumentos para afirmar el uso de similares formas de acción, de iniciativas, en el seno de las distintas corrientes del ecologismo; no significa que no haya diferencias notables entre estos usos. Precisamente las formas que la violencia adopta, no la presencia de violencia sin más, permite señalar algunas.

Es obvio que hay una diferencia abismal entre encadenarse a un árbol que va a ser talado y poner grandes clavos en el árbol para que al chocar la sierra con él se rompa y salten afilados trozos de metal alrededor. Pero también existe una notable diferencia entre este segundo caso y la irrupción en un laboratorio para liberar animales y destrozar el material del mismo. O retomando algunos ejemplos recogidos al principio, entre incendiar los cultivos de plantas transgénicas y envenenar aleatoriamente pastelillos que tienen a una de ellas por ingrediente.

De poco o nada nos sirven las típicas condenas absolutas de la violencia que, en torno al tema, suelen hacerse (baste recordar de nuevo el ambiente vivido, incluso dentro del ecologismo, tras el famoso acto de Solidarios con Itoiz) que se derrumban fácilmente y no hacen sino difuminar el matiz. Máxime si se tiene en cuenta que la mayoría de actos ilícitos realizados por los nuevos movimientos sociales, incluso los que caen bajo la definición de desobediencia civil, conllevan un cierto grado de violencia en la medida al menos de que suponen un encontronazo entre la libertad de acción de los y las responsables de la acción y los derechos de terceras personas. Eso no significa, ni mucho menos, que sea fácil encontrar argumentos para su justificación (9) o que los haya siempre. Significa que es necesario estudiar las expresiones de violencia socio-política sin dejar de lado su diversidad, pues la distinción que nos sirve de algo "no es entre medios físicamente violentos y no-violentos de reformar las leyes y las políticas (...) es entre tácticas que consiguen las reformas forzando al poder a parar la máquina (coacción) y tácticas que lo consiguen mediante un cambio de opinión pública (persuasión)" (Casado Da Rocha, A. y Pérez, J.A. 1996, pp. 111).

La validez de los actos ilegales, su "calidad" moral, se oscurece y disminuye cuanto más y más gravemente se afectan los derechos fundamentales de las personas y colectivos. Pero la cuestión no es meramente cuantitativa sino fundamentalmente cualitativa. Importa, y mucho, cómo se produce la confrontación entre la libertad de acción de las organizaciones sociales y los derechos, la libre voluntad, de terceros.

Las cartas bombas no son menos justificables que la rotura de los escaparates de una peletería por el hecho de que herir o matar a una persona sea más grave que causar daños en la propiedad privada (que obviamente, también); sino por que lejos de estar orientadas a que la mayoría escuche los argumentos disidentes y pueda cambiar de opinión desaprobando tal o cual cuestión, están orientadas a aumentar el "coste" que supone llevar a efecto determinadas medidas, políticas, etc. (10) En palabras de Rucht, "a diferencia de los actos revolucionarios o terroristas, dirigidos concretamente contra el enemigo, que no implican ni requieren necesariamente el apoyo de terceros, la desobediencia civil debe tomar en consideración la opinión pública (...) como variable decisiva para su fracaso o éxito" (Rucht, D. 1992, pp. 225).

La publicidad, no sólo del acto, incluso de los autores o autoras, es otro de los aspectos en torno al cual puede hacerse girar una reflexión y catalogación de los ilegalismos socio-políticos. No en vano permite, cuando menos, pergueñar una distinción entre distintas formas de sabotaje; así como entre este y la desobediencia civil.

No todas las definiciones de diccionario lo incluyen, pero suele considerarse inherente al sabotaje su carácter encubierto, y por extensión, clandestino, no público. Probablemente el problema resida en considerar sinónimos esos tres epítetos; en cualquier caso semejantes distinciones no responden fielmente a la realidad. Es cierto, hay sabotajes poco o nada publicitados, actos secretos encaminados a ralentizar o gravar determinadas dinámicas, prácticas, políticas,... Es quizá la versión clásica del mismo. Pero hay sabotajes públicos y notorios, interferencias nada encubiertas en esas políticas, prácticas o dinámicas, que -pudiendo o no tener también esa pretensión gravosa o ralentizadora- se dirigen directamente a la opinión pública. La distinción público - no público, como pasara con violento - no violento, aún necesaria y clarificadora, es insuficiente para la adecuada ponderación y el análisis completo de estos actos ilegales. La pretensión de esa publicidad facilita o dificulta la justificación del acto, según sea aquella extender el ámbito de coacción del mismo, persuadir a terceros, publicitarse,... en la misma línea de lo ya apuntado al hablar de la violencia.

Cuando el carácter publico no sólo atañe al hecho, sino a todo su desarrollo, incluídos sus protagonistas, el ilegalismo en cuestión encaja mal en las definiciones de sabotaje. El acto de Solidarios con Itoiz, por ejemplo, escapa a esa noción para acercarse a la de desobediencia civil por el hecho, precisamente, de que el acto no sólo es dado a conocer abiertamente, sino que quienes cortaron los cables no ocultaron su responsabilidad en los daños causados. Es, pues, completamente público.

Por lo demás, la manifestación pública de responsabilidad (más que la aceptación del castigo o la renuncia a la defensa, como algunos autores señalan) refuerza el carácter consciente y político de esta forma de dirigirse a la opinión pública (11), en la misma medida que refuerza su valor simbólico. Los actos de desobediencia civil se articulan, así, como discursos públicos, como ejercicios no sólo de la libertad de acción sino de expresión.

El agotamiento de los recursos legales, que suele considerarse previo a la desobediencia civil, es otro de los elementos respecto al cual pueden situarse los distintos ilegalismos. Más si se amplia esa referencia al agotamiento para incluir no sólo el uso insatisfactorio de dichos recursos, sino la insuficiencia o la inexistencia de estos. El ejemplo de Itoiz es, a este respecto, un caso claro y poco menos que paradigmático; frente a la tendencia a renunciar a posibles vías legales y a mantener sin más un uso clandestino y sostenido de la acción ilícita en pro de la consecución de determinados logros.

Y también lo es el arranque de plantas modíficadas genéticamente en el Reino Unido, al que se llega (sin renunciar tampoco al uso de resquicios legales) tras la constatación de que falta democracia, de que los representantes políticos y las instancias administrativas permanecen pasivas ante lo que una mayoría de la opinión pública considera una práctica peligrosa (12).

Esta ausencia o ineficacia de los espacios legitimados para la participación es tanto más preocupante en la medida que las amenazas sobre el medio ambiente están llevando, con excesiva frecuencia, a situaciones irreversibles. En este sentido las acciones ilegales son, no pocas veces, intentos de lograr una moratoria, por que en esta materia, consumados los hechos (destruido un valle, desecada una zona húmeda,...) de poco sirve a posteriori tener razón.

Las distancias se hacen tanto más evidentes, si acaso, en los discursos justificativos de los ilegalismos, en la fundamentación de los mismos. Existen significativas diferencias entre la justificación moral de la desobediencia a la ley que pueda pergueñarse desde una ética ecocéntrica (13), que plantea adoptar la perspectiva del ecosistema frente a la de las entidades individuales, negando valor intrínseco al individuo para otorgárselo al conjunto (Riechmann 1995, pp. 31); y la justificación que pueda realizarse desde la consideración de que los perjuicios ocasionados al medio natural lesionan directa o indirectamente los derechos humanos y que en tal caso asiste a toda persona el legítimo derecho a la rebelión.

Se pueden pues encontrar argumentos para, con la necesaria prudencia, trazar una línea (permeable, sí) entre distintas corrientes del movimiento de defensa ambiental. Sin embargo esta línea que no se corresponde, pese a lo apuntado en el anterior párrafo, con la tradicional división matriz entre Antropocentrismo y Biocentrismo o Ecología Profunda; sino que distingue (no necesariamente separa) un campo encuadrable bajo un antropocentrismo y un biocentrismo débiles y otro encuadrable bajo un biocentrismo o un cosmocentrismo fuertes (14).

El segundo de estos ámbitos es más propenso a convertir, no ya la defensa ambiental sin más, sino la transformación social precisa para una convivencia sobre bases distintas en el planeta, casi en el único valor. El problema es que, como señalara Camus (15), cuando la revolución es el único valor ya no hay derechos; sólo hay deberes. Y mediante una inmediata inversión, se toman todos los derechos en nombre de esos deberes. No es precisamente el mejor ingrediente para una transformación, profundización, ampliación o práctica de la democracia, la justicia, la libertad, la emancipación,...

En el primero de los ámbitos se sitúan dos corrientes fronterizas, que coexisten de hecho en el seno de las organizaciones ecologistas: un antropocentrismo que incluye en la comunidad moral a especies no humanas y plantea una ética del respeto para con el entorno; y un ecocentrismo crítico que no renuncia a componentes, vindicaciones, ideas,... de justicia social.

En este caso los criterios de justificación del empleo de estos métodos de acción (16) son bien distintos. Así, y a la hora de ponderar cada caso concreto, ha de tenerse en cuenta si el hecho delictivo se ha cometido como recurso excepcional o por urgencia justificada; la proporcionalidad de la iniciativa de protesta; la irreversibilidad de los efectos de las normas o acciones a los que se responde con el acto ilícito; si este se ha realizado teniendo en cuenta las consecuencias; si se ha llevado a cabo con vistas a profundizar en la democracia; o si se ha practicado desde una adecuada referencia a los derechos humanos (17), e incluso como ejercicio de un derecho.

No todos los actos reseñados o citados a lo largo de este teclear pueden recibir un visto bueno aplicando estos criterios.

__________________________

Bibliografía citada:

Camus, A.; El hombre rebelde, Alianza, Madrid, 1996 (3ª).

Casado da Rocha, A. y Pérez, J.A.; Itoiz. Del deber de la desobediencia civil al ecosabotaje, Pamplona, Pamiela, 1996.

Chomsky, N. y Ramonet, I.; ¿Cómo nos venden la moto?, Barcelona, Icaria, 1996.

Estévez Araujo, J.A.; La Constitución como proceso y la Desobediencia Civil, Trotta, Madrid, 1994.

Goldsmith, Z. "¿Ecoguerrilleros o vándalos? ¿Quiénes son los auténticos terroristas?", The Ecologist - Gaia, nº 15 (diciembre de 1998).

Meyer, M. La insolencia, Ariel, Barcelona, 1996.

Muguerza, J.; "De la realidad de la violencia a la no-violencia como utopía", en Revista Internacional de Sociología, nº 2, Madrid, 1992.

Riechmann, J.; ¿Problemas con los frenos de emergencia?, Madrid, Revolución, 1991.

Riechmann, J. y Fernández Buey, F.; Redes que dan libertad, Paidos, Barcelona, 1994.

Riechmann, J. y Mosterín, J.; Animales y Ciudadanos, Talasa, Madrid, 1995.

Rucht, D.; "Estrategias y formas de acción de los nuevos movimientos", en Russell y Kuechler (comps); Los nuevos movimientos sociales, Alfons el Magnánim, Valencia, 1992.

______________________________

* Carlos S. Olmo Bau es licenciado en filosofía e integrante de Ecologistas en Acción en la Región Murcia. Trabaja en la actualidad en la redacción de un libro -Ilegalismos y nuevos movimientos sociales- y en una tesis doctoral sobre la Desobediencia Civil.

olmo@accesosis.es [Volver]

(1) Al respecto puede verse la denuncia del Instituto de Ecología Política en http://www.iepe.org/noticias/sep9808.htm [Volver]

(2) Para más información puede leerse "The Monsanto files" en http://www.nodo50.ix.apc.org

Aquellas personas que carezcan de la posibilidad de acceder a esta referencia en internet encontraran en la edición castellana de The Ecologist un más que sugerente y completo sustituto. Hay en ella un artículo relacionado con la cuestión aquí abordada: Gldsmith, Z.; "¿Ecoguerrilleros o vándalos? ¿Quiénes son los auténticos terroristas?", The Ecologist - Gaia, nº 15 (diciembre de 1998), pp. 62-65. [Volver]

(3) El grado de intencionalidad de esa práctica informativa y sus consecuencias merece un profundo análisis que excede el ámbito de este teclear.

Una interesante reflexión sobre los medios de comunicación, centrada en el tratamiento de la rotura de los cables del teleférico de tansporte de hormigón de la presa de Itoiz, puede encontrarse en Casado da Rocha, A. Y Pérez, J.A.; Itoiz. Del deber de la desobediencia civil al ecosabotaje, Pamplona, Pamiela, 1996. Más general, pero igualmente aconsejable, es la lectura de Chomsky, N. Y Ramonet, I.; ¿Cómo nos venden la moto?, Barcelona, Icaria, 1996. [Volver]

(4) Huelga de hambre que es presentada como un intento de chantaje. Ocultando su faceta de participación ciudadana, de recurso (a veces el último) para ser escuchado. [Volver]

(5) Y sin renunciar tampoco, claro está, a llamar por su nombre a quienes se empeñan en hipotecar nuestro presente y futuro. Sin renunciar a recordar que no son pocos los lugares donde ser ecologista se paga con la vida. [Volver]

(6) Eso no significa que dicho repertorio pueda ser incluído completamente dentro de la primera categoría. Determinados sabotajes difícilmente cuadran en la clásica caracterización de la desobediencia civil como acto contrario a la ley realizado públicamente. [Volver]

(7) Algo sobre lo cual puede discutirse largo y tendido. Cabe apuntar aquí, si acaso, la evidente diferencia entre "aceptar" como punto de partida y límites de la desobediencia el marco constitucional y entre "acatar" dicho marco. Que el acto ilegal, concreto, no exprese en sí un rechazo global al ordenamiento jurídico en su conjunto no significa que el o la desobediente manifieste un respeto absoluto (salvo por esa excepción concreta) a dicho ordenamiento; antes al contrario, una visión crítica de este suele alimentar la iniciativa desobediente. [Volver]

(8) Para profundizar en el tema, desde la idea de Benjamin de las revoluciones como recurso al freno de emergencia por parte del g´nero humano que viaja en ese tren, puede recurrirse a Riechmann, J.; ¿Problemas con los frenos de mergencia?, Revolución, Madrid, 1991. [Volver]

(9) Dicho de otra manera, y citando a Javier Muguerza: "la ética, que no puede justificar ninguna clase de violencia, tendría que ser sumamente precavida a la hora de condenarla si no quiere incurrir en el fariseísmo". Hay veces, como señala el conocido filósofo, en que la violencia no es ni justificable ni injustificable desde una perspectiva ética. Muguerza, J.; "De la realidad de la violencia a la no-violencia como utopía", en Revista Internacional de Sociaología, nº 2, Madrid, 1992, pp. 115. [Volver]

(10) Esta división entre actos persuasivos y actos coactivos no es, a su vez, una división entre actos justificables y actos no justificables. Como se deja entrever, tampoco es sinónima de actos no-violentos y actos violentos. De un lado, hay formas persuasivas de acción que envuleven algún tipo de violencia, por cuanto afectan como se ha apuntado a los derechos prima facie de las personas. Y por otra parte hay acciones coactivas que pueden ser justificables en la medida en que obedecen a principios de integridad moral o justicia social (Casado Da Rocha, A. y Pérez, J.A. 1996, pp. 116). [Volver]

(11) Como señala Estévez Araujo "... la asunción de la responsabilidad por dicha toma de postura es un requisito necesario para considerar una determinada opinión como ítem a incorporar legítimamente a un proceso de conformación de la opinión pública". Estévez Araujo, J.A.; La Constitución como proceso y la Desobediencia Civil, Trotta, Madrid, 1994, pp. 146. [Volver]

(12) Goldsmith, Z.; op.cit., pp. 64. [Volver]

(13) Y conviene dejar claro que ética ecocéntrica y ética ecológica no son sinónimas. [Volver]

(14) Una breve pero clara exposición sobre estas corrientes, desde la perspectiva de la filosofía moral y la filosofía del derecho, puede encontrarse en Mosterín, J. y Riechmann, J.; "Animales y ciudadanos. Indagación sobre el lugar de los animales en la moral y el derecho de las sociedades industrializadas", Talasa, Madrid, 1995 (capítulos 1 y 4). [Volver]

(15) Camus, A.; El hombre rebelde, Alianza, Madrid, 1996 (3ª).[Volver]

(16) Una aproximación a estos y otros criterios, interesante y breve, aunque centrada en la desobediencia civil, puede encontrarse en Etxeberria, X.; Ética de la desobediencia civil, en Cuadernos Bakeaz, 20, abril de 1997. [Volver]

(17) Algo que en absoluto es incompatible con la consideración de que el bienestar y desarrollo de las formas de vida no humnas tiene un valor intrínseco, independiente de su utilidad para los seres humanos. [Volver]

Sitio optimizado para una resolución de 800x600 a un tamaño de fuente mediana
©  Por RTFD Roberto-Marino Jiménez Cano, 1997-2005
©  Por www.filosofiayderecho.com Roberto-Marino Jiménez Cano, 2001-2005
¿Quién soy?